Salario mínimo interprofesional para el 2016

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2016 

En cumplimiento del mandato al Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional, contenido en el artículo 27.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,  se procede mediante el  Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre a establecer las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2016. Las nuevas cuantías, que representan un incremento del uno por ciento respecto de las vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, son 

21,84 euros/día 

655,20 euros/mes

 
Eso, implicará que el salario tope en el abono de prestaciones por parte del FOGASA será para este 2.016 de 50,86 euros/día, lo que implicará que la cantidad máxima a abonar en concepto de salarios por este Organismos sea de 6.103,20 € (deudas de 120 días o más) y de una indemnización de 18.563,90 €.