Sentencia de Tribunal Supremo del 17/12/2024.
Resumen
El Tribunal Supremo considera que suprimir la retribución de los 15 minutos de descanso constituye una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo.
Supuesto de hecho
- El presente supuesto aborda un conflicto colectivo que inicia el sindicato en representación de los trabajadores de la empresa.
- En la empresa saliente, los trabajadores venían disfrutando, desde el año 2019, de un descanso de 15 minutos durante su jornada considerado como tiempo retribuido de trabajo.
- Tras la subrogación, la empresa entrante procede a descontar estos 15 minutos como tiempo de trabajo efectivo.
- El sindicato, al considerar que esta modificación debió seguir el procedimiento del ar. 41, presenta recurso ante los tribunales.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión objeto de litigio en este caso gira en torno a determinar si los trabajadores afectados tienen derecho, como condición más beneficiosa, a que los 15 minutos de descanso durante la jornada sean considerados tiempo efectivo y retribuido de trabajo.
- En primer lugar, el artículo 41 del ET recoge la consideración de modificación sustancial como aquellas que afecten a la jornada de trabajo, remuneración, trabajo a turnos… es decir, aspectos fundamentales.
- Los trabajadores venían disfrutando de este beneficio desde 2019, en la empresa saliente, lo cual se ha consolidado como una condición más beneficiosa.
- En este caso, la empresa que asumió la contrata debía mantener las condiciones de los trabajadores, incluyendo la retribución de estos 15 minutos.
- Razona la sentencia que se trata, por tanto, de una práctica habitual que se había integrado como parte de las condiciones laborales de los trabajadores.
- En este caso, el tribunal considera que la medida no es válida y debía haber seguido el trámite del artículo 41 por ser una MSCT.
Conclusión
El Tribunal Supremo concluye que la eliminación del derecho de los trabajadores a que los 15 minutos de descanso sean considerados tiempo efectivo y retribuido constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa no respetó el derecho que los trabajadores tenían en la empresa saliente, lo cual vulnera sus derechos laborales consolidados.
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