A continuación, desde el Departamento jurídico de Lúquez Asociados se procede a analizar la sentencia del Tribunal Supremo (Social), de fecha 18 de noviembre de 2024 (Rec. 4735/2023), de gran relevancia en la sistemática para desplegar la facultad punitiva por parte de la Empresa. Desde que se dictamara la primera sentencia en tal sentido por parte de la Sala de lo Social del TSJ de Baleares, de 13.02.2023, se ha advertido por LUQUEZ ASOCIADOS a sus clientes el tener en cuenta trámite previo o preliminar.

 

 

NOTA SENTENCIA TS 18.11.2024 – NECESIDAD AUDIENCIA PREVIA EN DESPIDO DISCIPLINARIO (002)

 

 

Si tiene cualquier duda, no dude en contactarnos, LÚQUEZ ASOCIADOS cuenta con profesionales con una larga experiencia en el ámbito laboral que pueden asesorarle atendiendo a sus circunstancias concretas.