Ayuda extraordinaria para personas trabajadoras afectadas por un ERTE derivado de la COVID-19 y para personas con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria

 

Se ha publicado la ORDEN EMT/137/2021, de 25 de junio, por la que se abre el trámite de inscripción previa de la ayuda extraordinaria dirigida a personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19 y a personas con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria.

En su artículo 6 dispone que el plazo establecido para solicitar la ayuda se inicia el lunes 5 de julio de 2021 a las 9:00 hora y finaliza el 15 de julio de 2021 a las 15:00 horas.
 
REQUISITOS PARA ACCEDER A LA AYUDA

Podrán acceder a la inscripción previa aquellos trabajadores por cuenta ajena que:

a) Tengan el domicilio en un municipio de Cataluña.
b) Se encuentren incluidos en un expediente de regulación temporal de empleo activo (ERTE), con suspensión total o parcial del contrato, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor relacionadas con la COVID-19, al menos un día en el período comprendido entre el 1 y el 31 de mayo de 2021 o, en los casos de personas con contrato fijo discontinuo previsto en la Disposición final segunda del Real decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, antes referenciados, en el plazo mencionado.
c) Sean titulares de la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o de la prestación extraordinaria prevista en el artículo 9 del Real Decreto Ley 30/2020, de 29 de diciembre, de medidas sociales en defensa del empleo, habiendo sido prorrogada su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2021 por el artículo 4 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo y modificado el apartado 2 del artículo 9 por la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, en el período indicado en el apartado anterior, o tengan pendiente el reconocimiento de la prestación por parte del SEPE, derivado de un ERTE dentro del mismo período indicado.
d) Cumplan los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y demás normativa aplicable.

TRÁMITE PARA SOLICITAR LA AYUDA

La inscripción previa se formalizará exclusivamente por medios telemáticos, debiendo cumplimentar el formulario disponible en el espacio de Trámites de la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña: “Inscripción previa a la ayuda extraordinaria para personas trabajadoras afectadas por un ERTE derivado de la COVID-19 y para personas con contrato fijo discontinuo beneficiarias de la prestación extraordinaria (junio 2021)”.

 
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