Despido disciplinario por realizar actividades incompatibles con la baja médica y publicar fotos de ello en facebook
El Tribunal Superior de Justicial de las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia por la que declaraba improcedente un despido por transgresión de la buena fe contractual de un trabajador en situación de incapacidad temporal por lesión en el brazo, que colgó fotos en el facebook realizando labores de bricolaje de lijado y barnizado de las puertas de su casa y tocando la guitarra, por entender que no eran actividades incompatibles con la situación de IT, ya que no se acreditó la duración de tales actividades, ni su carácter contraproducente por retrasar su curación.
No obstante lo anterior lo destacable de esta sentencia fue que el Tribunal, pese a que al final estimó la improcedencia del despido, descarta la vulneración del derecho a la intimidad el hecho de utilizar imágenes colgadas en facebook, pues son imágenes compartidas por la trabajadora que permitió ser fotografiada en el momento de su realización y procedió a la exposición pública de las fotos en una red social de libre entrada a todo el que quiera tomar conocimiento de lo en ella expuesto. Asimismo tampoco vulnera este derecho fundamental la investigación empresarial que supone la búsqueda en facebook de las fotos, pues no se trata de una actividad que exceda de las facultades de control del empresario que puede hacer seguimiento también durante la suspensión del contrato por enfermedad, debiéndose respetar la buena fe contractual.